Capítulo I Denominación, fines, domicilio y ámbito territorial de acción

Artículo 1.º

Al Amparo de lo previsto en el art. 22 de la Constitución Española, los establecidos en la Ley 191/1964, de 24 de Diciembre, Decreto 1440/1965 y demás disposiciones vigentes se constituyó en Sevilla, el 23 de mayo de 1957, la entidad "Sociedad Sevillana de Traumatología y Ortopedia", origen de la "SOCIEDAD ANDALUZA DE TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA" abreviadamente SATO y que así será denominada en los artículos siguientes, creada en diciembre de 1965 ampliando su ámbito territorial, mediante asamblea General y habiéndose adaptado a la Ley 1/2002, de 22 de marzo, según determina la Disposición Transitoria Primera de dicha Ley Orgánica. El régimen de la Asociación se determinará por lo dispuesto en los presentes Estatutos.

La constitución y funcionamiento de la sociedad fueron autorizados por el Ministerio de la Gobernación el día 23 de noviembre de 1976 e inscritos con el número 162 en el Registro de Asociaciones. En el Registro de Asociaciones Científicas, fue inscrita con el número 17 (orden de 8 de enero de 1985, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 5 de 18 de enero de 1985) tras acuerdo adoptado en Asamblea General Extraordinaria celebrada en Sevilla el día 25 de octubre de 1986.


Artículo 2.º


La SATO es una Sociedad de carácter científico sin ánimo de lucro y su fin es el fomento del estudio, enseñanza, investigación y práctica de la especialidad de Traumatología y Ortopedia médica y quirúrgica, así como facilitar, proteger y promocionar la labor de los profesionales que la ejercen

Para el cumplimiento de los fines establecidos, la Asociación tendrá como función entre otras las siguientes actividades:

1. Colaborará con las Autoridades Nacionales, Autonómicas, Provinciales y Locales, y eventualmente con las de regiones y países con las que se hermane, en todas las cuestiones de la especialidad que se le demanden o estime sea necesario intervenir, utilizando a tal fin los medios administrativos que la Legislación en cada momento otorgue.
2. Organizará la menos una reunión anual de todos los miembros de la SATO en la que expondrá y discutirán temas concernientes a la clínica, enseñanza e investigación de la Cirugía Ortopédica y Traumatología. Dichos temas han de ser fijados con antelación y nunca después de la reunión anual que se celebre en el año anterior al de la celebración de la propuesta.
3. Impulsará el estudio de las disciplinas que constituyen o están relacionadas con la Cirugía Ortopédica y Traumatología, velando por la mejor formación y promoción de los especialistas de su ámbito territorial. En particular procurará que el reconocimiento oficial de la especialidad llegue a conseguir en la práctica un desarrollo e implantación completo en todos los aspectos de la enseñanza, investigación y asistencia no hospitalaria, asistencia hospitalaria, asistencia jurídico-social o aplicaciones técnico-industriales.
4. Procurará colaborar con las autoridades académicas y sanitarias en todos aquellos aspectos que tengan relación con nuestra especialidad dedicando a ello sus mayores esfuerzos. En este sentido es objetivo prioritario la de participar activamente en todos los procesos académicos y administrativos que tiendan a la ocupación profesional de los especialistas pertenecientes a la Sociedad.
5. Procurará que se mantenga una relación cordial entre todos los especialistas andaluces, españoles y de las comunidades extranjeras con las que se hermane, facilitando el intercambio de sus experiencias profesionales. De igual forma, mantendrá relaciones con sociedades de subespecialidades y especialidades afines
6. Mantendrá una especial relación de amistad y colaboración la Sociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatología.
7. Velará en mantener la relación de hermanamiento vigente con la Sociedad de Ortopedia y Traumatología Meridional e Insular de Italia (S.O.T.I.M.I.), realizando en Almería el 12 de Octubre de 1974, y procurará aumentar dichos lazos de colaboración con las Sociedades similares de ámbito portugués, norteafricano u otras.
8. Velará por el exacto cumplimento de los deberes deontológico y por la defensa de los derechos profesionales de sus asociados
9. Promocionará premios y becas.
10. Promocionará grupos de trabajo y estudio sobre las patologías prevalentes o de interés para la Comunidad Andaluza. En ese sentido fomentará la confección y publicación de los mismos por los especialistas miembros de la Sociedad.


Artículo 3.º

El domicilio de la Asociación radicará siempre en la ciudad de Sevilla en recuerdo y homenaje a la Sociedad Sevillana de Traumatología y Ortopedia, y actualmente se establece en el Colegio Médico, en Avda. de la Borbolla, 47; 41013 Sevilla.

El cambio urbano de la Sede podrá ser propuesto por la Junta Directiva a la Asamblea Ordinaria, si concurren circunstancias que lo aconsejen u obliguen.

Artículo 4.º

La SATO tendrá su ámbito de actuación en toda Andalucía y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.