Artículo 26.º
La asociación podrá disolverse por las siguientes causas:
1. Por voluntad de los socios, mediante acuerdo adoptado en Asamblea General extraordinaria convocada al efecto y con mayoría de los dos tercios de los asociados.
2. Por las causas determinadas en el artículo 39 del Código civil.
3. Por sentencia judicial
Artículo 27.º
En caso de disolución, se nombrará una Comisión Liquidadora, la cual efectuará la liquidación, enajenando los bienes sociales, pagando sus deudas, cobrando sus créditos y fijando el haber líquido resultante si lo hubiere.
CORRESPONDE A LOS LIQUIDADORES:
1. Velar por la integridad del patrimonio de la asociación
2. Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas, que sean precisas para la liquidación
3. Cobrar los créditos de la asociación.
4. Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores
5. Aplicar los bienes sobrantes de la asociación a los fines previstos por los estatutos
6. Solicitar la cancelación de los asientos en el registro.
En caso de insolvencia de la asociación, el órgano de representación o si es el caso, los liquidadores habrán de promover inmediatamente el oportuno procedimiento concursal ante el juez competente.
Artículo 28.º
El haber resultante, una vez efectuada la liquidación, se donará a una Institución benéfica, preferentemente relacionada con los huérfanos de los miembros de la Sociedad Andaluza de Traumatología y Ortopedia.
Artículo 29.º (De los congresos y reuniones científicas)
Para el desarrollo de sus fines, la SATO, realizará entre todos sus miembros una serie de reuniones científicas que se distribuirán como sigue:
1.- SEMINARIOS
Son reuniones monográficas de un solo día de duración, preferentemente los sábados o vísperas de día festivo al final de la semana, dirigidas a todos los miembros de la SATO, pero especialmente a los miembros más jóvenes y en formación, que deben ser de inscripción gratuita, y se realizarán de forma itinerante por todas las Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma Andaluza, Ceuta y Melilla.
Su periodicidad será trimestral o cuatrimestral.
En su programación es aconsejable el desarrollo de parte del tema por personalidades andaluzas, nacionales o internacionales de reconocido prestigio en el conocimiento del
mismo. Se pueden incluir comunicaciones que serán leídas preferentemente por los miembros en situación de formación.
La designación de fecha y lugar de cada una de ellas, será por solicitud de cualquiera de los miembros numerarios o bien si no las hubiera, por indicación de la Junta Directiva. Esta designación debe hacerse en el Congreso anual de la Sociedad, para todo el año siguiente al desarrollo del mismo.
En la jornada de tarde anterior a la celebración del Seminario es aconsejable la celebración de una Reunión o Jornada organizada por los Médicos en formación, y desarrollada exclusivamente por ellos mismos, con la coordinación del Vocal de Médicos en formación y la Junta Directiva. Su desarrollo estará en relación con las capacidades de financiación de la Junta Directiva, en cada momento y dependerá de las donaciones que a este efecto hagan los miembros colaboradores
2.- CONGRESO ANUAL DE LA SATO
Se celebrarán una vez al año, excepto el año en que coincida con el Congreso Internacional conjunto con las Sociedades hermanadas y tuviera lugar en el extranjero. En éste caso se considerará éste el Congreso anual y la Asamblea General que hubiere de realizarse se hará en el segundo Seminario de ese año, siempre que no coincida con el Congreso Internacional.
Tendrá una duración no mayor de tres días y durante su desarrollo será preceptivo la realización de la Asamblea General anual. Se procurará que siempre se haga en las mismas fechas, siempre próxima al comienzo de los períodos de vacaciones estivales anuales. Si no coincide con alguna festividad importante y común en la Autonomía Andaluza, es recomendable que se hagan durante el mes de Junio.
En el congreso anual se realizarán actividades científicas de diversos tipos:
a) Mesas Redondas, que pueden ser presentadas por cualquiera de los miembros sin especificar, los cuales serán elegidos por votación durante la Asamblea General que se celebre al menos con antelación de un año a la fecha de convocatoria del Congreso.
b) Ponencias y Simposios, que tendrán carácter monográfico y también elegidas durante el Congreso anual.
c) Comunicaciones, que pueden serlo a alguno de los temas tratados en las mesas redondas, ponencias y simposios y que deben ser solicitadas por escrito, con amplio resumen de la misma al Comité Organizador, el cual aprobará o no su inclusión en el programa definitivo, si fuere favorable el informe que sobre ellas
emita el Comité Científico. Todo el proceso será supervisado por la Junta Directiva, la cual siempre tendrá carácter de decisión por encima del Comité Organizador.
d) Proposiciones y estudios que la Junta Directiva someta a la consideración de los miembros o encargue a determinados grupos de trabajo de entre ellos.
e) El Comité Organizador de cada congreso, debe comprometerse a recoger en un volumen escrito las mesas redondas y las ponencias.
f) La Junta Directiva será siempre la supervisora de la organización y desarrollo del Congreso, siendo por ello la garante de la pureza científica del mismo y procurando que se realice una buena gestión económica, para no crearle deudas a la Sociedad. Si hubiere un remanente al final del Congreso, pasará automáticamente a la cuenta de la Sociedad.
3.- CONGRESOS INTERNACIONALES CON LAS SOCIEDADES HERMANADAS
Preferiblemente con todas juntas, o bien por separado, la SATO realizará Congresos Internacionales, con una periodicidad que no sea inferior a los dos años, ubicándose su sede alternativamente en cada uno de los países hermanados. La celebración de este Congreso sustituye al Congreso anual de la Sociedad.
Los temas elegidos para el desarrollo de las mesas redondas, será extraído de los propuestos por las sociedades hermanadas. Será preceptiva la inclusión de un ponente de la SATO en las mesas redondas de los otros países y a la inversa.
4.- TÍTULO DE FORMACIÓN SUPERIOR S.A.T.O.
Fue instituido en el año 1989 con la idea de fomentar la promoción y participación de los miembros de la Sociedad y configurar una idoneidad para los miembros de la SATO que lo posean, frente a los organismos oficiales nacionales e internacionales.
Su valoración se hará en forma de Créditos según la asistencia a los Seminarios, las comunicaciones científicas que en ellos se presenten, los trabajos publicados en la Revista y los premios de la Sociedad obtenidos. Sólo serán aplicables a los miembros de la SATO.
Se regirán por el baremo que implante la Junta Directiva, el cual puede ser variado en función de los cambios históricos, siempre que sean refrendados por la Asamblea General.
5.- PATROCINIO DE LA SATO SOBRE REUNIONES CIENTÍFICAS NO ORGANIZADAS POR ESTA SOCIEDAD
Cualquier congreso o reunión científica a celebrar en el ámbito de la SATO pero no organizado por la Junta Directiva de la Sociedad, puede solicitar de ella la concesión de Patrocinio Científico, a través de los siguientes trámites:
1 .- Debe enviar por correo ordinario, u otro reconocido legalmente, una solicitud de patrocinio científico dirigida al Presidente de la Sociedad Andaluza de Traumatología y Ortopedia.
2.-Se acompañará la solicitud de cuantos datos de organización y contenido científico haya de llevar la reunión o congreso.
3.- La Junta Directiva, tras su estudio y si no compromete el ideario y fines de la SATO, emitirá una Certificación de Patrocinio a la nominación del congreso que se trate.
Artículo 30.º
Los congresos se regirán por su reglamento, que al igual que las normas de procedimiento para la celebración de Asambleas Generales de socios, complementa y desarrolla estos Estatutos |