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Agenda |
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Junta Directiva |
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| Capítulo VII (Del reglamento de los congresos, seminarios y reuniones científicas) | ||
Artículo 33.º 1.- Los Seminarios a lo largo de todo el año y los Congresos anuales se celebrarán en cualquier localidad de Andalucía, Ceuta y Melilla, que reúnan las condiciones hoteleras propias para la celebración de estos actos. Las sedes donde han de desarrollarse se presentarán en forma de propuestas a la Junta Directiva, con una memoria que indique quién será el Presidente del Comité Organizador, cual será la sede de ubicación, el presupuesto económico previsto, las fuentes de financiación, etc., todo ello con una antelación de tres meses a la celebración de la Asamblea en la que se habrá de aprobar. Durante la Asamblea se concederá un tiempo a los proponentes para la defensa de su sede. 2.- Preferiblemente se desarrollarán dos temas oficiales en cada congreso anual, que se elegirán en la Asamblea del año anterior al que ha de celebrarse. Estos temas serán propuestos por cualquiera de los miembros numerarios, y estarán en poder de la Junta Directiva al menos tres meses antes de la celebración de la Asamblea en la que habrán de elegirse. Se incluirán en la memoria, la composición de las mesas redondas, personalizando a sus integrantes y a los centros de donde proceden. Se incluirá la previsión de tiempo necesario para su desarrollo y los módulos de tiempo precisos para cada intervención. Las Junta Directiva podrá rechazar algunos temas de los propuestos si no le parece adecuado al congreso y al momento, y los elegidos se pasarán a votación en la Asamblea General. En caso de no existir propuesta, o las que hubiere no ser aceptables, quedará facultada la Junta Directiva, para designar los temas y sus ponentes. 3.- Las Comunicaciones a las Mesas Redondas y Ponencias o las Comunicaciones Libres, se enviarán en forma de resumen, con la mayor cantidad de datos posibles, que sirvan para conocer la importancia de la Comunicación, al Comité Organizador de cada congreso el cual evacuará consulta al Comité Científico para su aceptación. Cada Comité Organizador marcará el tiempo de antelación con que debe recibir las comunicaciones para su evaluación. 4.- El Comité Organizador del Congreso anual, debe prever la necesidad de publicación de un libro resumen de todas las actividades del Congreso. 5.- En todos los Congresos anuales se habilitará un espacio diferente para la colocación de Carteles científicos sobre patología de única o escasa casuística, los cuales estarán expuestos durante todo el congreso, y deberán ser comentados por su primer autor, cuando lo estipule el Comité Organizador. De la misma manera se dispondrá de salas propias para las proyecciones audiovisuales, Talleres de prácticas, etc. 6.- La Junta Directiva velará para que el Comité Organizador establezca y cumpla escrupulosamente con los tiempos de presentación de cada una de las actividades, evitando que se retrasen los tiempos instituidos en los programas. 7.- Las inscripciones de los asistentes al Congreso anual se clasificarán en: 1. Congresistas. 8.- Los actos sociales del Congreso anual serán filados por la Junta Directiva a propuesta del Comité Organizador. 9.- El remanente económico que pueda quedar tras la celebración de los Congresos anuales, pasará automáticamente a la Tesorería de la Sociedad. 10.- La Junta Directiva de la SATO será la única que podrá decidir sobre los aspectos concretos que no queden especificados en este Reglamento. |