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Publicado el Real Decreto de Troncalidad

12 Agosto, 2014

El pasado miércoles 6 de agosto de 2014 fue publicado en el B.O.E. el controvertido Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y se crean y modifican determinados títulos de especialista.

http://www.boe.es/boe/dias/2014/08/06/pdfs/BOE-A-2014-8497.pdf

Entre las novedades, el nuevo texto regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica (ACE), así como el establecimiento de normas para las pruebas anuales del MIR y la creación y modificación de determinados títulos de especialista, como es el caso de las nuevas disciplinas de Psiquiatría Infanto-Juvenil y Genética Clínica, que han visto la luz con este real decreto.

La troncalidad es el punto que ha suscitado mayor controversia y rechazo. La troncalidad supone la adquisición de competencias comunes a varias especialidades en ciencias de la salud a través de un periodo de formación uniforme. De esta manera, la formación en régimen de residencia se estructura en dos ciclos consecutivos, uno troncal, en el que los profesionales sanitarios residentes adquirirán los conocimientos comunes a las especialidades del mismo tronco que le permitan abordar desde el inicio de su formación especializada los problemas de salud de una manera conjunta y, con un enfoque interdisciplinar y pluridisciplinar que mejore la calidad asistencial de los pacientes, y otro específico, en el que se adquieren los conocimientos de cada especialidad.

En el supuesto de que se mantenga la misma duración del periodo de formación, se reduce sustancialmente el periodo destinado a adquirir conocimientos propios de la especialidad, lo que hace muy difícil, y especialmente en el caso de nuestra especialidad, que el especialista recién egresado tenga un conocimiento teórico o práctico de todos los contenidos. La otra opción es aumentar el periodo de formación. A este respecto, el Ministerio no ha establecido la duración de cada especialidad, serán las comisiones las que lo establezcan, siempre y cuando no se baje del “tope mínimo” de duración de la formación establecido por Europa.

Casi un mes antes de que se aprobara el decreto ocho sociedades científicas estatales, la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica (SEIMC); la Sociedad Española de Neurocirugía (SENEC); la Sociedad Española de Neurología (SEN); la Sociedad Española de Anestesiología, Reanimación y Terapéutica del Dolor (SEDAR); la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias (SEMES); la Sociedad Española de Radiología Médica (SERAM); la Sociedad Española de Inmunología (SEI); y el Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina (CEEM) trasladaron al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad un manifiesto en contra del Real Decreto. Entendían que se pretendía aprobar, como así ha sido, sin tener en cuenta las opiniones de las sociedades científicas. En dicho manifiesto consideraban que el modelo de troncalidad aprobado no tiene precedentes en ningún país europeo, influirá negativamente en la calidad de la asistencia y en la formación del relevo generacional e incrementará el periodo de formación.